La Escuela comunica a su personal la obligación de actualizar información sobre cargas de familia a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR.
El plazo límite es el 31/3/2019, pues aplica desde el ejercicio fiscal 2018. Se aconseja actualizar lo antes posible ya que se podrían producir variaciones importantes en la retención de ganancias de cuarta categoría.

Dejamos aquí el comunicado oficial:

La R.G. Nº 4286 dispone que los beneficiarios de rentas del trabajo en relación de dependencia,
de jubilaciones y pensiones informen:

*  Que no perciben prestaciones del Régimen de Asignaciones Familiares por sus familiares a cargo.
Este punto se relaciona con el artículo 6º de la Ley Nº 27160, que establece que un mismo titular no podrá
percibir prestaciones del Régimen de Asignaciones Familiares y a la vez aplicar la deducción por hijo o
cónyuge prevista en la Ley de Impuesto a las Ganancias.

* Respecto de los hijos menores de 18 años, la deducción será computada por quien posea la
responsabilidad parental, en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación. Cuando ésta sea
ejercida por los dos progenitores y ambos perciban ganancias imponibles, cada uno podrá computar el
50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100% de dicho importe.

* Respecto de los hijos incapacitados para el trabajo mayores de 18 años, la deducción será
computada por el pariente más cercano, que tenga ganancias imponibles y a cuyo cargo esté la citada
carga de familia. Cuando ambos progenitores obtengan ganancias imponibles y lo tengan a su cargo, cada
uno podrá computar el 50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100% de dicho importe.

Descargar aquí Comunicado RG 4286: